En cualquier tipo de compra-venta, esta totalmente prohibido engañar al compañero, tanto en cuanto al dinero, como en cuanto a la calidad o peso del objeto, como también en cuanto a cualquier tipo de falla oculta que pueda haber en el objeto.
Quien entrega un regalo a un compañero, ya sea que se trate de un bien inmueble o de un bien mueble, el que recibe el regalo no se hace dueño del mismo hasta que no realice alguno de los actos definidos por la halaja para adquirir el objeto; es decir, si se trata de un bien mueble este se adquiere levantándolo o estirando del mismo, y si se trata de un bien inmueble este se adquiere a través del pago, o de la firma del documento correspondiente, o a través de la realización por parte del comprador de determinadas actividades que demuestren que es el dueño, como por ejemplo colocar una cerradura, hacer un cerco, o la utilización del inmueble como solo un dueño realiza. Vemos que de acuerdo a la halaja es distinta la forma de adquirir un inmueble que de un bien mueble.
Si una persona se ve obligada por otra a dar un regalo a un tercero, esta entrega no es válida, y el objeto continúa perteneciendo al primero.
Es posible hacer un regalo a otra persona aunque el destinatario del regalo no este presente en dicho acto, y por lo tanto aún no se ha enterado de que le fue regalado algo. Para ello, es necesario que el que entrega el regalo levante el objeto y diga en voz alta delante de otra persona: «Este objeto se lo regalo a fulano y por lo tanto pasa a pertenecer a él desde este momento». Como mencionábamos antes, esto es por mas que la persona acreedora del regalo no se encuentre físicamente en ese lugar y recién se entere posteriormente que se le ha hecho un regalo; la persona que recibe el regalo puede decidir, una vez que se entere del hecho, si desea aceptar el regalo o no.
Un menor que se ha comprometido a cuidar un objeto, no recaen sobre él las obligaciones de un cuidador (es decir, no es responsable si el objeto fue robado, si se pierde, o si se daña).
Una persona que se compromete a cuidar un objeto, no tiene permitido traspasar el cuidado del objeto a un menor. Y si lo hace y luego ocurre algún percance con el objeto, el responsable es el mayor.
Fuente: Yalkut Yosef – Compendio de Halajot extraídas del Shuljan Aruj, compiladas y escritas por el Gran Rabino Itzjak Yosef SHLITA
